Los fondos “blanqueados” podrán utilizarse para la realización de inversiones, informaron la CNV y el BCRA.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) informaron hoy que, bajo el régimen de regularización de activos es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales de los clientes.
Estas se podrán realizar desde la fecha de acreditación de los fondos regularizados, sin restricción de monto, hacia las cuentas bancarias especiales de regularización de los Agentes de Liquidación y Compensación (AlyC), informaron a través de un comunicado conjunto la CNV y el BCRA.
Los fondos regularizados podrán ser invertidos en la suscripción y/o adquisición, según corresponda, de títulos públicos (incluidos los BOPREAL), acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de FCI abiertos o cerrados, valores fiduciarios, pagarés bursátiles y cheques de pago diferido.
Así quedó establecido por la Ley 27.743 y su reglamentación, y para mayor información se puede consultar las normativas vigentes de la CNV y el BCRA
Fuente: NA